preguntas frecuentes

Debe dirigirse al primer piso del Ministerio de Educación y Cultura, Reconquista 535, Área Legalizaciones, de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 con: pase escolar para estudios primarios, legajo estudiantil para estudios secundarios, y título original para estudios universitarios

Dicho trámite puede ser realizado en forma personal o por un tercero portando la documentación solicitada.

Debe dirigirse al Ministerio de Educación y Cultura, Reconquista 535, primer piso, de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas. Tel.: 915 49 31 / 915 01 03 interno 155.

El costo de cada Legalización es de $ 131 (pesos uruguayos ciento treinta y uno) y el trámite demora 48 horas.

Las partidas las deberá tramitar en la Dirección General de Registro de Estado Civil, sito en la calle Uruguay 933, de lunes a viernes de 9:15 a 17:00 horas. Tel.: 900 50 85 / 900 32 80.

El horario para la solicitud de partidas es de lunes a viernes de 9:15 a 17:00 horas.

El trámite común demora 48 horas y el trámite urgente es de entrega inmediata.

A partir del año 1879, partidas anteriores a este año las deberá solicitar en la Parroquia correspondiente al barrio donde nació.

Sí, es posible solicitar testimonios de partidas de nacimiento mencionando solamente los nombres y apellidos del interesado, para lo cual se debe dirigir a la Dirección General de Registro de Estado Civil, sito en la calle Uruguay 933, de lunes a viernes de 09:15 a 17:00 horas.

Retirar el formulario de Registro de Publicaciones - Declaración Jurada (diarios, revistas o semanarios) en el Centro de Información y Orientación al Público, de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas o descargándolo de la página web: http://www.mec.gub.uy/tramites.html

 

La deberá presentar en el Departamento Notarial – Reconquista 535 piso 8, de lunes a viernes de 12:00 a 16:00 horas.

Aproximadamente 15 días hábiles.

No tiene costo.

 

Solicitar el formulario de Declaración Jurada para la Inscripción o Renovación, según corresponda, en el Centro de Información y Orientación al Público, Reconquista 535, de lunes a viernes de 9 a 19 horas o ingresando a la página web: http://www.mec.gub.uy/tramites.html puede descargar dicho formulario.

Una vez completado, lo deberá entregar en el Departamento de Administración Documental, Reconquista 535, de lunes a viernes de 12:00 a 16:00.

No tiene costo.

Aproximadamente 10 días hábiles.

Debe dirigirse al Ministerio de Educación y Cultura, Reconquista 535, 6to.piso, Área de Educación Superior, tel.: 915 38 57 o 915 86 03 en el horario a 12:00 a 16:00 horas o a través de la página web http://educacion.mec.gub.uy/superior.html

Los Centro privados de Educación Inicial deberán ser registrados en el Ministerio de Educación y Cultura, Área de Educación en la Primera Infancia, Reconquista 535, 5º piso, de lunes a viernes de 12:00 a 16:00 horas.

Puede consultar a través de la página web del Ministerio de Educación y Cultura o http://educacion.mec.gub.uy/primerainfancia.html personalmente, Reconquista 535, 5to.piso, Área de Educación en la Primera Infancia, de lunes a viernes de 12:00 a 16:00 horas, tel.: 917 07 48 / 915 60 34.

 

  1. 1. Solicitar y completar el formulario de Declaración de Interés, el cual puede ser solicitado en el Centro de Información y Orientación al Público, Reconquista 535, planta baja, de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas o ingresando a la página web: http://www.mec.gub.uy/tramites.html puede descargar dicho formulario.

  2. 2. Entregar el formulario completo en el Ministerio de Educación y Cultura, Departamento de Administación Documental, Reconquista 535, primero piso, de lunes a viernes de 12:00 a 16:00 horas.

Con la formulario completo, debe dirigirse al Ministerio de Educación y Cultura, Departamento de Administración Documental, primer piso, de lunes a viernes de 12:00 a 16:00 horas.

Entre 10 y 15 días hábiles aproximadamente dependiendo del nivel de la declaración.

Sí, dicho trámite puede ser realizado en forma personal o por un tercero portando la documentación solicitada y siempre que la solicitud se encuentre firmada por el interesado.

Si, a través de la página web del Ministerio de Educación y Cultura, http://www.mec.gub.uy/tramites.html

 

La Resolución Ministerial 861/2005 establece los siguientes criterios:

1º) Los Auspicios y las Declaraciones de Interés por Área se otorgarán (según el grado de importancia) a acciones o actividades externas al MEC y de relevancia por su calidad, pertinencia o impacto, vinculadas a los cometidos específicos de este Ministerio – culturales, educativos, de innovación, científicos y tecnológicos, relacionados con los derechos humanos, con el ministerio público y los registros nacionales - y serán conferidas a aquellos proyectos, acciones, actividades específicas, a realizarse dentro y fuera del territorio nacional, en un lugar y fecha determinados o por un período acotado. Las Declaraciones de Interés por Área se denominarán: Declaración de Interés Cultural, Declaración de Interés Educativo, Declaración de Interés para la Innovación, Declaración de Interés Científico y Tecnológico, Declaración de Interés para los Derechos Humanos, Declaración de Interés para el Ministerio Público y Declaración de Interés para los Registros Nacionales.

2°) Las Declaraciones de Interés Ministerial se otorgarán a proyectos, acciones o actividades externas a esta Secretaría, a realizarse en el ámbito nacional o de los países del MERCOSUR y Estados Asociados, vinculadas a los cometidos específicos de este Ministerio, que por su carácter multidisciplinario o por su relevancia en una de las áreas de competencia, excedan el interés específico de la misma.

3º) Las Declaraciones de Interés Nacional se promoverán para aquellas actividades a realizarse dentro del territorio nacional o en el ámbito internacional, que por sus valores y contenidos -éticos, artísticos, educativos, de innovación, científicos, tecnológicos, culturales, relacionados a los derechos humanos o al ministerio público y los registros nacionales-, se proyecten a todo el país o representen una imagen fiel de la identidad nacional. Estas declaraciones requerirán la firma del Presidente de la República en acuerdo con el titular de esta Secretaría de Estado.

En la Biblioteca Nacional, 18 de Julio 1790, piso 1, de lunes a viernes de 9:30 a 16:30. Teléfonos: 409-60-12, fax 409-69-02.

Requisitos a presentar para el Registro de Autor de una producción intelectual:

  • 2 ejemplares de la obra, o contrato original de cesión de derechos con copia, según corresponda.

  • Completar la solicitud de inscripción (en la propia oficina).

  • Abonar tasa de inscripción, equivalente al 75% de una UR.

  • Efectuar la publicación de un edicto (cuyo texto proporciona la oficina) en el Diario Oficial durante 10 días.

  • Presentar la publicación del edicto.

Para obras en general: 75% UR, contratos de cesión: 2% del valor de contrato con un mínimo de 2 UR y para modelos artesanales: 1 UR.

Sí, se puede realizar tanto en forma personal, por parte del interesado o a través de un representante debidamente autorizado.

Tanto el estatuto tipo como su instructivo puede solicitarse en la Dirección General de Registro, 18 de Julio 1730, piso 6, Edificio del Notariado, de lunes a viernes de 9:15 a 15:00 horas, teléfono 408-07-76 o a través d la página web http://www.dgr.gub.uy – Requisitos - Documentos.

Requisitos para la presentación de Asociaciones Civiles:

  • Formulario original de estatuto tipo, completado y firmado por los socios fundadores en la Asamblea fundacional o Testimonio Notarial del Acta de asamblea fundacional con aprobación del estatuto completo que va a regir a la institución.

  • Testimonio Notarial fotostático por exhibición.

  • Montepío Notarial y Tasa Registral.

  • Nota dirigida al Ministro, solicitando la aprobación del estatuto y el reconocimiento de la personería jurídica suscrito por los gestores o representantes de la institución.(nota con domicilio de la sede social, número de teléfono y fax).

  • Constituir domicilio legal en la ciudad de Montevideo (indicando número de teléfono y fax).

Instituciones con sede en el interior: Certificado Notarial que acredite:

  • Existencia de la institución y ubicación de su sede.

  • Actividades concretas que desarrolla.

  • De tener cantina, quien la explota.

Requisitos para la presentación para el caso de Fundaciones:

  • Testimonio Notarial de primera copia de escritura de constitución.

  • Testimonio de Acta Notarial de Constitución, protocolizada, o testimonio Notarial con exhibición de testamento.

  • Tasa Registral (agregarla en todos los casos mencionados).

  • Acreditar patrimonio inicial.

  • Proyecto de estatutos, cuando no estuviere en el acto de constitución.